La Ilustre Municipalidad de El Tabo, abre el proceso de postulación a las Becas Municipales para las y los estudiantes de la comuna. A continuación, se encuentra el Reglamento de Becas que debes leer detenidamente antes de postular. Al final del reglamento, podrás encontrar los formularios de postulación, los que deberás entregar vía correo electrónico. 

 REGLAMENTO DE BECAS MUNICIPALES

PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

ENERO 2023

TITULO I

CONSIDERACIONES GENERALES Y PROPÓSITOS

Artículo 1: El presente reglamento tiene como objetivo dar continuidad al sistema de Becas Municipales entregando la posibilidad de brindar apoyo económico a los y las estudiantes de Educación Superior de la comuna de El Tabo en situación de vulnerabilidad.

De acuerdo a la continuidad de contingencia sanitaria COVID-19, los y las estudiantes han presentado dificultades socioeconómicas que han obstaculizado sus procesos educativos. El presente beneficio permitirá disminuir las complicaciones asociadas a las consecuencias de la actual crisis sanitaria, económica y social para cada familia y postulante; si es beneficiario a posterior de la presente ayuda.

Artículo 2: El periodo de postulación se iniciará el 06 de marzo 2023 concluyendo el 31 de marzo 2023. La recepción de los expedientes completos para postulación será vía e mail, manteniéndose como dirección de envío e-mail becas2020@eltabo.cl.

Artículo 3: La Beca de estudios de la Ilustre Municipalidad de El Tabo consistirá en otorgar un aporte económico a estudiantes de educación superior, con una asignación de dinero equivalente a $500.000 para aquellos becados con un 100% y $250.000 para aquellos que obtengan un 50% de la beca. No obstante, si existiese una alta demanda de postulantes y el presupuesto estipulado no cubriera la totalidad del monto necesario, los estudiantes seleccionados del actual proceso de becas municipales recibirán un monto de $250.000 indistintamente a fin de dar respuesta a los beneficiarios del proceso.

Artículo 4: Aquellos estudiantes que hayan recibido el beneficio el año 2022 y hayan realizado la rendición al 31 de diciembre de 2022 podrán postular acorde al actual reglamento año 2023, quienes no hayan cumplido con la rendición del monto total otorgado serán considerados como incumplimiento de requisito previo. Por tanto, no podrán postular.

Artículo 5: El Departamento Social como parte de la Dirección de Desarrollo Comunitario, tendrá la responsabilidad de recibir la documentación, notificar la falta de antecedentes acorde a los requerimientos de este reglamento vía e mail y recepción conforme en caso de recepcionar toda la documentación para evaluar. Si no se recibiese recepción conforme de la documentación es exclusiva responsabilidad del estudiante de educación superior adjuntar todos los documentos que respalden su evaluación en el proceso. Es recomendable envío en formato PDF.

Artículo 6: Una vez concluido el proceso de postulación los antecedentes serán evaluados por una comisión técnica compuesta por Director de Desarrollo Comunitario, Jefatura del Departamento Social y profesionales  del  Departamento Social.

Artículo 7: El listado de becados definitivo será sancionado por el Sr. Alcalde y Honorable Concejo Municipal, para luego ser decretado y proceder a la entrega del beneficio vía transferencia electrónica a la cuenta bancaria Cuenta Rut, proceso que se informará vía Memorándum al Director de Administración y Finanzas para su realización.

Artículo 8: La cantidad de Becas a otorgar dependerá del presupuesto municipal anual aprobado por el Sr. Alcalde y el Honorable Concejo. Para el presente año 2023 se contemplan $45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos).

La Beca de Estudios otorgada por la Ilustre Municipalidad de El Tabo consistirá por motivo excepcional durante el año 2023 en un único aporte económico a Estudiantes de Educación Superior según el siguiente recuadro:

Estudiantes que poseen Becas del Estado

Se otorgará un 50% de la Beca Municipal Educación Superior.

Equivalente     a                        $250.000

(Doscientos cincuenta mil      pesos).

Estudiantes que no poseen Becas del Estado ni créditos complementarios financieros para educación

Superior.

Se otorgará un 50% de la Beca Municipal Educación Superior.

Equivalente     a                        $250.000 (doscientos cincuenta mil pesos).

Estudiantes que no poseen Becas del Estado

Se otorgará un 100% de la Beca

Municipal Educación Superior y han  

 contraído deudas el año 2023 con entidades financieras (CAE, Fondo

Solidario y Créditos institucionales de cada casa de estudios).

Equivalente     a                        $500.000 (quinientos mil pesos).

  1. Cabe señalar que en todos los casos el aporte económico asignado se cancelará por única vez a través de una transferencia electrónica a Cuenta Bancaria Cuenta Rut por cada beneficiario. El beneficio deberá ser otorgado luego de una evaluación, el proceso de evaluación terminará el día 14 de mayo de 2023.
  2. Cada beneficiario deberá realizar una rendición del gasto realizado del beneficio con fecha límite hasta el último día hábil del mes de diciembre año 2023, con un documento simple que indique nombre, RUT, firma y boletas adjuntas de respaldo por motivos educacionales. Quienes no cumplan con este requisito no podrán acceder a postular a las Becas Municipales Educación Superior año 2024. (Gastos deben estar relacionados a gastos educacionales)

Deberá realizar:

Fecha límite

¿Cómo y dónde?

Rendición de gasto del beneficio otorgado

Entrega de rendición hasta el último día hábil del mes de diciembre año 2023

A través de documento simple que contenga sus datos y boletas asociadas a gastos por motivos educacionales, entregados por oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de El

Tabo.

BOLETAS DE GASTOS EDUCACIONALES

BOLETAS QUE NO PUEDEN PRESENTAR

  • Comprobantes de pago de servicios de internet.
  • Comprobantes de pago de insumos y/o materiales (cuadernos, lápices, reglas, etc.).
  • Comprobantes de movilización por estudios (pago de pasajes).
  • Comprobantes de pago de supermercado por concepto de alimentos.
  • Comprobante pago mensualidad, de arancel y/o arriendo.

Se solicita comprobante de pago (No boletas de servicios sin Boucher de pago).

  • Comprobantes de pago por concepto de consumo de alcohol.
  • Boletas de pago no correspondiente al año en curso.
  • Comprobantes de transferencias bancarias a terceros.
  • Declaraciones juradas simples ante notario o no, que no adjunten boletas de gastos.

 

TITULO II

REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN BECA MUNICIPAL

Artículo 9: Podrán postular a esta beca los estudiantes residentes de la comuna con Registro Social de Hogares (RSH) vigente al 30.11.2021, que se encuentren cursando una carrera profesional o técnica en el sistema de educación superior, cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. Tener RSH vigente en la Comuna y sus Hogares se encuentren calificados hasta el 60% de tramo vulnerabilidad. En tanto, tendrá que situarse entre los siguientes tramos de calificación socioeconómica:

–           Del 0% al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad.

–           Del 41% al 50% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad.

–           Entre el 51% y 60% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad.

  1. No se considerará ingreso per cápita para su evaluación.
  2. Nota mínima de postulación 4.0, para alumnos de Educación Superior. Según Certificado Semestral de notas o concentración de notas anual correspondiente a cuarto medio de educación media.
  3. Los beneficiarios de becas estatales, gratuidad, así como también quienes no han contraído deudas el año 2023 con entidades financieras (CAE, Fondo Solidario y Créditos institucionales de cada casa de estudios) podrán acceder al 50% del total de la Beca Municipal. Aquellos que no tienen becas estatales y han contraído créditos con entidades

Financieras (CAE, Fondo Solidario y Créditos institucionales de cada casa de estudios) a fin de apoyar a financiar sus estudios podrán acceder al 100% del total de la Beca Municipal.

Artículo 11:    Los documentos deberán ser adjuntados a la siguiente dirección de e-mail: becas2020@eltabo.cl, siendo los siguientes:

–           Formulario Único de Postulación (Anexo 1 y Anexo 2).

–           Fotocopia de Cédula de identidad del postulante por ambos lados.

–           Certificado de matrícula y/o certificado de alumno regular.

–           Certificado Semestral de notas para estudiantes de Educación Superior año 2023 para quienes ya cursaron primer año de estudios superiores (segundo semestre año 2022).

–           Certificado anual de notas año 2022 de enseñanza media para estudiantes de primer año Educación Superior.

–           Documentos que acrediten situación socioeconómica del grupo familiar y postulante (boletas a honorarios, liquidaciones de sueldo jefe de hogar, liquidaciones de pensiones, declaraciones juradas, subsidios del Estado, comprobante de pago de servicios de luz, agua, certificado de declaración impuestos SII postulante y/o cotizaciones AFP, Resumen de boletas honorarias emitidas y recibidas de los años 2022-2023 obligatorio para postulante, etc.).

–           Certificado médico y/o carnet de control crónico que afecte al jefe de hogar u otro integrante del grupo familiar.

–           Carta motivacional que respalde motivación y postulación.

–           Cartola de Registro Social de Hogares, no se solicitará se obtendrá desde el departamento social por lo que el postulante no lo debe adjuntar, pero se aclara que no podrán postular quienes no tengan el registro vigente en la comuna de El Tabo al 30.11.2021.

–           Certificado de rendición Beca Municipal Año 2022, emitido por Departamento Social que respalde proceso de rendición completo y de acuerdo al monto total otorgado, no se solicitará al estudiante, dicha información se obtendrá desde las bases administrativas.

TITULO III

DE POSTULACIÓN

Artículo 12: Los postulantes deberán completar los formularios solicitados adjuntando la documentación correspondiente, cuando su proceso de postulación se encuentre completo recibirá un correo electrónico informando su postulación como proceso realizado.

Artículo 13: No se recibirán postulaciones fuera del plazo o que no cumplan con la documentación y/o requisitos solicitados según establecido el reglamento.

Artículo 14: El/la profesional a cargo del actual proceso de postulación para los estudiantes que no cumplieron con requisitos de documentación de las Becas Municipales durante el plazo de recepción enviara un e mail a la dirección electrónica de la cual se recibió el formulario incompleto para otorgar una nueva posibilidad de postulación antes de que cierre el proceso, si no se obtiene la postulación completa una vez notificado es exclusiva responsabilidad del estudiante de educación superior sino se recibe al 05.05.2023 en dirección becas2020@eltabo.cl documentación completa para evaluación.

TITULO IV

SELECCIÓN DE LOS BECADOS

Artículo 15: Cerrado el proceso de postulación la comisión evaluadora seleccionará a los becados según acreditación, entrega de documentación  y  cumplimiento  de las siguientes variables:

SEGÚN ACREDITACIÓN

SITUACION SOCIOECONOMICA

Demostrar situación económica del grupo familiar a través de documentación y RSH.

Documentación formal, declaración jurada,

boletas a honorarios, liquidaciones de pago, etc.

RESIDENCIA

Acreditar domicilio y residencia en la comuna de El Tabo.

Cartola de Registro Social de Hogares al 30.11.2021.

ALUMNO REGULAR

Acreditación de inscripción a un establecimiento de Educación Superior.

Certificado alumno regular o matricula

NOTAS ACADEMICAS

Cumplimiento de nota mínima no inferior a 4.0

Concentración de notas Año 2022

ESTADO DE SALUD

Acreditar Estados de salud asociados a diagnósticos de enfermedades

Certificados de salud y/o carnet crónico (copia simple).

FACTORES DE RIESGOS

Acreditar obstaculizadores en proceso educativo.

Completar formularios de anexos.

DOCUMENTACION SOLICITADA

Documentación solicitada y enviada al correo

becas2020@eltabo.cl

TITULO V

 

DE LA PÉRDIDA DEL BENEFICIO

Artículo 16: Se perderá la calidad de beneficiario por las siguientes causales:

–           Por egreso de los estudios superiores del beneficiario.

–           Por retiro y/o expulsión de la institución educacional del beneficiario.

–           Por congelamiento de estudios.

–           Por dejar de tener residencia en la comuna de El Tabo de acuerdo a cartola RSH.

–           Por cambio favorable y notorio en la situación socioeconómica del beneficiario y su grupo familiar.

–           Por no cumplimiento de entrega de documentación de respaldo tanto para postulación y para seguimiento del beneficio en los plazos estipulados para el presente año, verificar  falsedad u omisión relevante de antecedentes para el proceso de evaluación.

–           Por registrar más de dos cambios de carrera técnica o profesional durante el año de postulación, adjudicación, año siguiente al proceso de postulación.

–           No presentar rendición total del monto otorgado del beneficio como se estipula en el Título I artículo 4 del presente reglamento.

–           Por ser el postulante funcionario municipal y/o prestadores de servicios a nivel nacional. Siendo éste al momento de postular o haber trabajado durante el año 2023.

TITULO VI

 NORMAS COMPLEMENTARIAS

Artículo 17: Restricciones

–           No podrán postular estudiantes beneficiados las Becas Municipales Educación Superior año 2022 que no hayan realizado proceso de rendición completo del monto otorgado correspondiente al beneficio año 2022.

–           No podrán postular estudiantes con promedio de notas inferior a 4.0 en estudiantes de Educación Superior.

–           No podrán postular al 100% de la beca municipal aquellos estudiantes que cuenten con una beca del Estado y que no tengan créditos complementarios financieros para educación superior.

–           Se aceptarán postulaciones sólo a un beneficio municipal.

–           No podrán postular nuevamente al beneficio alumnos titulados que deseen continuidad de estudios o ingresar nuevamente al sistema de Educación Superior, por cambio de carrera y/o deserción.

–           No podrán postular beneficiarios de la Becas Municipales (Becas de Cultura o Becas de Deportes).

–           No podrán postular hijos de Directores, Concejales, Autoridad Máxima de esta u otras comunas, prestadores de servicios municipales en la comuna de El Tabo cuyo ingreso mensual supere el ingreso mínimo según declaraciones de renta SII o certificados cotizaciones durante años 2022 y 2023 las cuales son obligatorias de presentar por el postulante.

–           No podrán postular prestadores de servicios municipales (en el caso de que sea la persona que postula al beneficio) en la comuna de El Tabo según declaraciones de renta SII, boletas honorarias emitidas y recibidas durante el periodo 2022-2023 o certificados de cotizaciones durante los años 2022 y 2023, las cuales son obligatorias de presentar por el postulante (entiéndase que familiares de prestadores de servicios municipales si podrán postular).

–           En caso de que existen dos postulaciones por grupo familiar y el presupuesto estipulado no permite beneficiar a todos los solicitantes se priorizará sólo un integrante del grupo familiar