Ley de plásticos de un sólo uso ya está vigente

Cubiertos, revolvedores, bombillas, vasos, platos, botellas y todos los plásticos de un solo uso, además de algunos artículos de plumavit, desde ahora comenzarán a ser parte del pasado. Dicha normativa comenzará a regir de forma progresiva a partir, de los 6 meses de su publicación y hasta los 3 años.

Sin perjuicio de esto, desde ahora comienza a regir la norma prohibiendo el uso de bombillas, revolvedores, cubiertos (tenedor, cuchara y cuchillo) y palillos de un solo uso.

La nueva legislación establece limitaciones a la entrega, por parte de los establecimientos de expendio de alimentos preparados, de productos de un solo uso, tales como vasos, tazas, cubiertos, palillos, pocillos, bombillas, platos, copas, cajas o envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas (salvo las de botellas), que no sean reutilizables.

Así, desde agosto de 2024 estará prohibido entregar plásticos de un solo uso para consumo dentro y fuera de los establecimientos. La misma regla regirá para el expendio de comida preparada en las dependencias de los organismos públicos.

El principal objetivo de esta ley, es la protección del medioambiente, es por ello que se prohibirá la entrega y venta de artefactos plásticos, además de terminar con la venta de productos contenidos en envases o botellas que sean de dicho material o de difícil biodegradación.

El incumplimiento de la ley será sancionado con multas entre 1 y 5 UTM por cada producto de un solo uso entregado.