Extienden al Segundo Semestre las becas de Educación Superior por Contingencia Covid-19

Debido a la contingencia provocada por el Covid-19, la Ilustre Municipalidad de El Tabo extendió el beneficio de Becas para los estudiantes de la Educación Superior que no obtuvieron el beneficio en el primer semestre. Revisa a continuación el reglamento para postular.

 

 

REGLAMENTO DE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONTINGENCIA COVID-19

EXTENSIÓN SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2020

 

TITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Y PROPÓSITOS

 

Artículo 1: La presente extensión de reglamento tiene como objetivo brindar apoyo económico a los y las estudiantes de Educación Superior de la comuna de El Tabo.

De acuerdo a la actual contingencia sanitaria COVID-19 los y las estudiantes han presentado dificultades socioeconómicas que han obstaculizado sus procesos educativos. El presente beneficio permitirá facilitar las complicaciones asociadas a las consecuencias de la actual crisis sanitaria, económica y social para cada familia y postulante.

Artículo 2: Este beneficio podrá ser otorgado a los y las estudiantes que fueron notificados a través de correo electrónico como rechazados debido a la falta de documentación y/o segundo postulante del mismo grupo familiar a fines de mayo año 2020, sujeto al cumplimiento de los requisitos del presente reglamento.

Artículo 3: El periodo de postulación iniciará el lunes 21 de septiembre concluyendo el 11 de octubre año 2020.

 

Artículo 4: La Beca de Estudios otorgada por la Ilustre Municipalidad de El Tabo consistirá por motivo excepcional durante el segundo semestre del año 2020 otorgar un aporte económico a Estudiantes de Educación Superior, con una asignación de dinero referente al siguiente recuadro:

 

 

 

Estudiantes    que     poseen

Becas del Estado

Se otorgará un 50% de la Beca

Municipal Educación Superior.

Equivalente       a       $200.000

(doscientos mil pesos).

Estudiantes que no poseen

Becas del Estado

Se otorgará un 100% de la Beca

Municipal Educación Superior.

Equivalente       a       $400.000

(cuatrocientos mil pesos).

 

 

 

  1. Cabe señalar que en ambos casos el aporte económico asignado se cancelará por única vez a través de una transferencia electrónica a Cuenta RUT de cada beneficiario. El beneficio deberá ser otorgado luego de una evaluación con fecha límite hasta el último día hábil del mes de octubre año
  2. Cada beneficiario deberá realizar una rendición del gasto realizado del beneficio con fecha límite hasta el último día hábil del mes de diciembre año 2020, con un documento simple que indique nombre, RUT, firma y boletas adjuntas de respaldo por motivos educacionales, quienes no cumplan con este requisito no podrán acceder a postular a las Becas Municipales Educación Superior año

 

 

Deberá realizar: Fecha límite ¿cómo y dónde?
Rendición de gasto del beneficio otorgado Entrega de rendición hasta el último día hábil del mes de diciembre año 2020 A través de documento simple que contenga sus datos y boletas asociadas a gastos por motivos educacionales, entregados por oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de El

Tabo.

 

Artículo 5: El Departamento Social dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario, tendrá a su cargo la responsabilidad del proceso de postulación extensión segundo semestre año 2020 para evaluar la entrega de los antecedentes de los y las estudiantes de la comuna de El Tabo, según lo establecido en el presente reglamento.

Artículo 6: Una vez concluido el proceso de postulación los antecedentes serán evaluados por una Comisión Técnica conformada por el o la directora/a de Desarrollo Comunitario, El/la Encargado del Departamento Social y profesional/es del mismo.

Artículo 7: El listado de becados definitivo será sancionado por el Sr. Alcalde y el Honorable Concejo de la Ilustre Municipalidad de El Tabo.

Artículo 8: La cantidad de becas a otorgar dependerá del presupuesto anual aprobado por el Sr. Alcalde y el Honorable Concejo Municipal.

TITULO II

 

REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN BECA MUNICIPAL

 

Artículo 9: Podrán postular a esta beca los estudiantes residentes de la comuna con Registro Social de Hogares (RSH) vigente, que se encuentren cursando una carrera profesional o técnica en el sistema de educación superior, cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. Tener RSH vigente en la Comuna y sus Hogares se encuentren calificados hasta el 90% de mayor vulnerabilidad y menores En tanto, tendrá que situarse entre los siguientes tramos de calificación socioeconómica:
    • Del 0% al 40% de menores ingresos o mayor
    • Del 40& al 50% de menores ingresos o mayor
    • Entre el 51% y 60% de menores ingresos o mayor
    • Entre el 60 y 90% de menores ingresos o mayor
  2. No se considerará ingreso per cápita para su evaluación.
  3. Nota mínima de postulación 4.0, para alumnos de Educación Superior. Según Certificado Semestral de
  4. Los beneficiarios de becas estatales y gratuidad podrán postular y acceder al 50% del total de la Beca

Artículo 10: Dada la contingencia no se realizarán visitas domiciliarias siendo el respaldo el Registro Social de Hogares vigente al cierre del proceso.

 

Artículo  11:      Los documentos deberán ser adjuntados a la siguiente dirección de e-mail: becas2020@eltabo.cl, siendo los siguientes:

 

  • Formulario Único de Postulación (Anexo 1 y Anexo 2).
  • Fotocopia de Cédula de identidad del postulante por ambos
  • Certificado de matrícula y/o certificado de alumno
  • Certificado Semestral de notas para estudiantes de Educación Superior, primer semestre año
  • Documentos que acrediten situación socioeconómica (boletas a honorarios, liquidaciones de sueldo, liquidaciones de pensiones, declaraciones juradas, subsidios del Estado, comprobante de pago de servicios de luz, agua, etc).
  • Certificado médico y/o carnet de control crónico que afecte al jefe de hogar u otro integrante del grupo
  • Declaración de gastos que respalde motivación y postulación.
  • Cartola de Registro Social de Hogares, no se solicitará se puede obtener del sistema, pero no podrán postular quienes no tengan el registro vigente en la comuna de El

 

 

 

TITULO III

DE POSTULACIÓN

 

 

Artículo 12: Los postulantes deberán completar los formularios solicitados adjuntando la documentación correspondiente, cuando su proceso de postulación se encuentre completa recibirá un correo electrónico informando su postulación como proceso realizado.

Artículo 13: No se recibirán postulaciones fuera del plazo o que no cumpla con la documentación y/o requisitos solicitados según establecido el reglamento.

Artículo 14: El/la profesional a cargo del actual proceso de postulación para los estudiantes que no cumplieron con requisitos de documentación de las Becas Municipales durante el primer semestre año 2020, será responsable de comunicarse con los/as estudiantes para otorgar una nueva posibilidad de postulación.

 

TITULO IV SELECCIÓN DE LOS BECADOS

Artículo 15: Cerrado el proceso de postulación y debido a la actual contingencia sanitaria por COVID

19 la comisión evaluadora seleccionará a los becados según acreditación, entrega de documentación y cumplimiento de las siguientes variables:

 

SEGÚN ACREDITACIÓN
SITUACION SOCIOECONOMICA

Demostrar situación económica del grupo familiar a través de documentación y RSH.

Documentación formal , declaración jurada, boletas a honorarios, liquidaciones de pago,

etc.

RESIDENCIA

Acreditar domicilio y residencia en la comuna de El Tabo.

Cartola de Registro Social de Hogares.
ALUMNO REGULAR

Acreditación de inscripción a un establecimiento de Educación Superior.

Certificado alumno regular
NOTAS ACADEMICAS

Cumplimiento de nota mínima no inferior a 4.0

Concentración de notas Primer semestre año 2020
ESTADO DE SALUD

Acreditar Estados de salud asociados a diagnósticos de enfermedades

Certificados de salud y/o carnet crónico.
FACTORES DE RIESGOS

Acreditar obstaculizadores en proceso educativo.

Completar formularios de anexos.
DOCUMENTACION SOLICITADA Documentación solicitada y enviada al correo

becas2020@eltabo.cl.

 

TITULO V

 

DE LA PÉRDIDA DEL BENEFICIO

Artículo 16: Se perderá la calidad de beneficiario por las siguientes causales:

 

  • Por egreso de los estudios superiores del
  • Por retiro y/o expulsión de la institución educacional del
  • Por congelamiento de
  • Por dejar de tener residencia en la comuna de El
  • Por cambio favorable y notorio en la situación socioeconómica del beneficiario y su grupo familiar.
  • Por no cumplimiento de entrega de documentación de respaldo tanto para seguimiento como para una nueva postulación del beneficio en los plazos estipulados para el año siguiente, rendición que se recibirá hasta el último día hábil del mes de diciembre del año 2020.
  • Por registras más de dos cambios de carrera técnica o
  • No presentar rendición del beneficio como se solicita en el artículo 4 b del presente reglamento.

 

TITULO VI

 

NORMAS COMPLEMENTARIAS

Artículo 17: Restricciones

  • No podrán postular estudiantes con promedio de notas inferior a 0 en estudiantes de Educación Superior.
  • No podrán postular al 100% de la beca municipal aquellos estudiantes que cuenten con una beca del
  • Se aceptarán postulaciones sólo a un beneficio
  • No podrán postular nuevamente al beneficio alumnos titulados que deseen continuidad de estudios o ingresar nuevamente al sistema de Educación
  • No podrán postular beneficiarios de la Becas Municipales (Becas de Cultura o Becas de Deportes).
  • No podrán postular hijos de Directores, Concejales Y Autoridad Máxima de la Comuna (Alcalde).

 

Formulario 1

Formulario 2

Decreto